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La Oficina de Patente de Brasil publica la fase IV del Programa Patent Prosecution Highway (PPH)

La Oficina de Patente de Brasil publica la fase IV del Programa Patent Prosecution Highway (PPH)

Por Rosario Mauro.

La Oficina Brasilera de Patentes y Marcas (BPTO) publicó recientemente la Resolución 78, que implementa la fase IV del programa piloto “Procedimiento Acelerado de Patentes”(PPH – Patent Prosecution Highway, por sus siglas en inglés) y la Resolución 79 que regula todas las demás formas de agilización del trámite de patentes en Brasil.

El programa PPH entró en vigencia el 1 de enero de 2023 y finalizará el 3 de diciembre de 2023 o hasta que se hayan presentado un total de 800 solicitudes.

Los requisitos básicos que debe cumplir una solicitud para poder participar del programa son:

– Debe existir una resolución de concesión, emitida por una autoridad extranjera asociada al BPTO en relación a la misma familia de patentes (actualmente las oficinas de los siguientes países tienen acuerdos vigentes: Austria, China, Dinamarca, Europa, Francia, Japón, Portugal , España, Singapur, Corea del Sur, Suecia, Reino Unido y Estados Unidos); o un Informe Preliminar Internacional sobre Patentabilidad (IPRP) favorable emitido en relación con una solicitud PCT correspondiente;

– La materia reivindicada en la solicitud brasileña debe ser ded igual o menor alcance que la materia de la solicitud extranjera;

– La solicitud brasilera debe haber sido publicada y debe haber sido presentada la solicitud de examen de fondo – si la solicitud aún no ha cumplido con estos requisitos, simultáneamente a la presentación de la solicitud PPH es posible presentar una solicitud de publicación anticipada y examen de fondo;

Es importante destacar que el año pasado, la Oficina de Patentes Brasilera alcanzó el límite de solicitudes al programa muy rápidamente, especialmente después de que se modificara la Ley de Propiedad Intelectual para excluir la disposición que garantizaba un plazo de vigencia de 10 años después de la concesión. Por lo tanto, y teniendo en cuenta la actual demora de la Oficina en estudiar las solicitudes, en caso de interés, es recomendable presentar el pedido lo antes posible.

Otra limitación es que solo se puede presentar una solicitud por solicitante por semana.

Por otro lado, la Resolución 79/2022 actualizó y unificó el programa “Fast Track” incluyendo Tecnologías ecológicas; solicitudes que cubren una tecnología disponible en el mercado brasilero;solicitudes que se encuentren ante una posible infracción; solicitudes que cubren productos y terapias para el cáncer, SIDA; etc.

En Argentina tenemos un mecanismo similar actualmente vigente para agilizar el estudio. Por medio de la Resolución INPI N° 56/2016, cuando se haya otorgado una patente para la misma invención que haya sido objeto de un examen de fondo por parte de una oficina de patentes extranjera con estándares de patentabilidad similares a los aplicados por la Oficina Argentina de Patentes y las reivindicaciones de la solicitud argentina correspondiente sean modificado para que tenga el mismo alcance que el de la patente extranjera, la solicitud argentina podría concederse sin mayor examen siempre que sus reivindicaciones cumplan con los requisitos formales y de patentabilidad locales. El solicitante puede solicitar voluntariamente la aplicación de dicha resolución, en cuyo caso la Oficina Argentina de Patentes deberá emitir una resolución dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la solicitud.

A diferencia de Brasil, en Argentina no hay un límite de solicitudes anuales, solo es necesario que no se haya iniciado el proceso de examen de fondo y que se hayan pagado las tasas oficiales del mismo.

Los programas PPH demostraron ser muy efectivos para combatir las grandes demoras de las Oficinas de Patentes y ayudar a los solicitantes en su esfuerzo por obtener los derechos de patente con mayor seguridad jurídica y de forma más eficiente al optimizar el examen de las principales oficinas de patentes del mundo.

Para más información por favor contactarse con: rmauro@ojambf.com

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