“Flowers” de Miley Cyrus y los Derechos de Autor: un debate sobre originalidad e inspiración
Por Julieta Pérez Espinosa y Mariana Guzmán
Miley Cyrus enfrenta un conflicto legal por presunto plagio en su exitoso sencillo de 2023, “Flowers”, el cual, según la acusación, presenta numerosas similitudes con “When I Was Your Man” de Bruno Mars. Este caso plantea un debate sobre los límites de la inspiración musical y el respeto a los derechos de autor.
La demanda fue presentada por Tempo Music Investments, titular de los derechos de autor de la canción “When I Was Your Man” de Bruno Mars, lanzada en 2013, quien alega que “Flowers” de Miley Cyrus presenta una similitud melódica que va más allá de una simple coincidencia o casualidad, constituyendo una obra derivada no autorizada.
Según la empresa demandante, varios elementos de la canción de Mars habrían sido reproducidos sin autorización, incluyendo aspectos melódicos, armónicos y líricos, tales como la línea de bajo, secuencias melódicas y progresiones de acordes específicos.
Tempo Music afirma haber adquirido parte de los derechos de autor de la canción de Bruno Mars a través de Philip Lawrence, uno de los co-escritores junto a Mars, Ari Levine y Andrew Wyatt. Aunque Bruno Mars no es parte demandante en este litigio, figuran como co-demandados los co-escritores de la canción “Flowers”, Gregory Hein y Michael Pollack, junto con empresas distribuidoras como Sony Music Publishing, Apple, Target y Walmart.
La demandante persigue una indemnización económica, y la interrupción de la reproducción, distribución e interpretación pública de la obra “Flowers” en infracción.
El análisis de este caso gira en torno a si “Flowers” de Miley Cyrus realmente constituye una obra derivada de “When I Was Your Man” o si se trata de una creación independiente con características propias. En principio, para que una obra sea considerada derivada, debe tener una dependencia sustancial con la original, como el uso de su melodía, letra o estilo distintivo de manera identificable.
De allí, el debate de si el uso de melodías y letras similares constituye inspiración o copia, a los ojos de la ley. Sin dudas, esta determinación exigirá una evaluación técnica y análisis profundo en manos de un perito especialista.
En Argentina, la Ley N.º 11.723 de Propiedad Intelectual otorga al titular de una obra derechos exclusivos sobre su uso, explotación y reproducción, incluyendo la potestad de autorizar o prohibir obras derivadas. Estas obras son aquellas que se crean sobre la base de una obra preexistente y requieren permiso previo del titular, como es el caso de traducciones, adaptaciones, y arreglos, incluyendo aquellas que involucren re-interpretaciones o transformaciones sustanciales.
Nuestra legislación dispone que la modificación de una obra sin el consentimiento del titular puede constituir una infracción de derechos de autor. En este contexto, una obra derivada no autorizada, como podría ser “Flowers” si se confirma la similitud alegada, podría ser sujeta a reclamos por violación de derechos de autor, como medidas cautelares o indemnización por daños y perjuicios.
A nivel internacional, tratados como el Convenio de Berna y los acuerdos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), ratificados por Argentina, protegen las obras derivadas y exigen un equilibrio entre la libertad creativa y el respeto a los derechos de autor.
Este conflicto entre Miley Cyrus y Tempo Music refleja los desafíos actuales en derechos de autor dentro de la industria musical. En un sector donde la inspiración en obras previas es común, resulta esencial que los marcos legales definan los límites entre la inspiración legítima y la infracción de derechos. El fallo del Tribunal de Los Ángeles será clave para delinear estos límites y sentará un precedente interesante en la materia, de llegar a esa instancia.
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